Oficina de transparencia “on”

Escrito por Rafa Ayala

4 de agosto de 2014

El pasado dia 2 de agosto se publicó en el BOE: Real Decreto 671/2014, de 1 de agosto, de modificación del Real Decreto 199/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Anunciada la puesta en marcha de la – Oficina de transparencia – por el Ministerio de la Presidencia el martes 29 de julio, el Real Decreto viene a organizar las competencias. Esta oficina tendrá el rango de Subdirección General y su principal cometido será la creacion del Portal de Transparencia del Estado, así como las medidas de impulso del informe CORA.

Reproducimos el párrafo que justifica esta medida de reorganización:

“Por otro lado, la entrada en vigor de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, lleva a la creación de un portal de la transparencia cuyas funciones dinamizadoras y de impulso del acceso a la información pública aconsejan hacerlo depender de esta oficina, logrando así un mejor uso de los recursos públicos y una mejora en la coordinación de la información que ha de ponerse a disposición de los ciudadanos. Por ello, se considera necesario que el órgano de ejecución, seguimiento, impulso y propuesta coordinada de las medidas incluidas en el informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, tenga carácter permanente, y que asuma además las funciones relativas al Portal de la Transparencia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, que facilitará el acceso de los ciudadanos a toda la información a la que se refiere la Ley de Transparencia, y en particular, a la que produzca la Administración General del Estado, cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia. A tal fin, se procede a la creación de una subdirección general, que tendrá como principal cometido el apoyo para el ejercicio de las competencias que la Ley 19/2013 atribuye al Ministerio de la Presidencia; junto con otros propios de los órganos administrativos que realizan labores de información o relación con los ciudadanos”.

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