Otra de sueldos, empleados públicos y transparencia

Escrito por manu

21 de octubre de 2015

Los amigos de GobiernoTransparente nos reunieron ayer a unos cuantos en el post “Sueldos, funcionarios y transparencia” en una suerte de “Rue del Percebe, 13” de la Transparencia. A diferencia del original del cómic, todos los vecinos del post, bien avenidos. A todos ellos, mis felicitaciones por sus acertados comentarios, hechos –naturalmente-, con la premura que demandaban las noticias de la publicación en el portal de transparencia de la comunidad murciana de la identidad de cada empleado público, el puesto que ocupa y sus retribuciones individuales.

Decía ayer en el “piso” que me tocó  en post mencionado, como introducción: “….. La Administración en su mayor parte ha asumido a regañadientes las obligaciones que implica como una moda a la que hay que responder con leyes que de antemano saben que se van a incumplir. La parroquia se viste con la Ley para la ocasión y al cabo de la esquina, sabemos que nada cambiará….”

Pues bien, no han pasado ni veinticuatro horas y la premonición-reflexión que sin querer hacía, parece que hoy se empeña en hacerse realidad. La Verdad de Murcia publica en su versión digital: “Eliminan del portal de la Transparencia los salarios de los funcionarios. El archivo con la relación de nombres y retribuciones de más de 8.000 trabajadores públicos ya no se puede descargar tras las críticas de los sindicatos”.

Lo que dije ayer, “nadie creía que se cumpliera lo que decía la Ley, confiados todos. Puede que también porque no se midió el alcance de la previsión legal”.

De este adolescente frenazo y marcha atrás, confirmo mi opinión de la urgente necesidad de formar a nuestros políticos en primer lugar. Y ahí me planto. Y lo hago porque este sainete en Murcia no ha hecho más que empezar y parece temerario aventurarse en él cuando sólo acaba de subirse el telón.

Volviendo al piso que ocupé ayer, en el caso de Canarias, si bien está previsto en su Ley 12/2014 de transparencia, como obligación de publicidad activa, la relativa a la identificación individual del empleado público y el puesto que ocupa -lo mismo que en Murcia-, no obstante, en relación a las retribuciones, en el artículo 21 de la le canaria parece que el legislador insular ha sido más prudente que el murciano y ha suavizado – yo creo que en exceso-, la publicidad de las retribuciones de los empleados públicos, de tal manera que la información de las retribuciones en cualquier caso será “información general”:

  • En el caso de los altos cargos de la Administración y del personal directivo, articulada en función de la clase o categoría del órgano, así como de los gastos de representación que tienen asignados. Asimismo se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo.

  • En el caso del del personal de confianza o asesoramiento especial, articulada en función de la clase y/o categoría.

  • En el supuesto del personal, funcionario, estatutario y laboral, Información articulada en función de los niveles y cargos existentes.

  • Por último la ley canaria prevé la obligación de publicar “Información general” sobre “las condiciones para el devengo y las cuantías de las indemnizaciones que corresponden por razón del servicio en concepto de viajes, manutención, alojamiento y asistencia a órganos colegiados o sociales. Asimismo se harán públicas, con carácter semestral, las cuantías de las indemnizaciones por dietas y gastos de viaje percibidas por los cargos de la Administración, el personal directivo y el personal de confianza o asesoramiento especial”.

¿Cómo se te ha quedado el cuerpo con lo de la “información general de las retribuciones”? Vale lo de la información general para el común de los mortales empleados públicos, podría valer; pero en el caso de los Altos Cargos y Personal de confianza creo que la Ley canaria no llega al mínimo de información que obliga la Ley estatal para estos sujetos (artículo 8 f) de la Ley 19/2103) Los ciudadanos tenemos derecho a saber el cuantum de cada alto cargo y también el de los cargos de confianza. Al menos digo, porque para este viaje no hacía falta las alforjas de la Transparencia.

Entiendo los esfuerzos del Consejo de Transparencia y del que daban noticia ayer los medios, para ultimar un acuerdo encaminado acordar un modelo dirigido a “homogeneizar un sistema de medición único” que compare su “evolución en las distintas autonomías y ayuntamientos”. Pero sinceramente, este mapa autonómico tan diverso y variopinto -en lo literal y en su interpretación-, que nos ha dejado la Ley estatal de Transparencia -a medio camino, los cabos sueltos y al viento-, sólo lo arregla un médico chino. O no. Se podrá medir de la misma forma, pero no se estará midiendo lo mismo.

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